La presente Acta de Labor Parlamentaria está integrada por proyectos propuestos por los Bloques Políticos, los cuales solamente serán considerados en el recinto si cuentan con los dictámenes emitidos por las Comisiones respectivas, en razón de lo cual los presidentes de Bloques elevan al presidente de la Cámara de Diputados, Esteban Amat Lacroix, para incorporar en la misma las siguientes iniciativas para la decimosexta Sesión Ordinaria del corriente año, con el siguiente orden:
I. SENADO:
Expte. Nº 90-32.575/24. Proyecto de Ley en revisión: Propone modificar el artículo 303 del Código Procesal Civil y Comercial - Ley 5233 y modificatorias, referente a la queja por recurso denegado.
Sin dictámenes de las Comisiones de Justicia; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
II. DIPUTADOS:
1. Exptes. Nº 91-52.458/25 y 91-49.773/24. Proyectos de Resolución: Modificar el Reglamento de la Cámara de Diputados. Creación de la Comisión de Discapacidad.
Autoría: Dips. Luis Mendaña, Enzo Alabi, Esteban Amat Lacroix, Laura Cartuccia, Edgar Domínguez, Soledad Farfán, Carlos Jorge, Nicolás Taibo, Raúl Vargas, Socorro Villamayor, y Juan José Esteban. (Cupo B. J. Gustavo Sáenz Conducción).
Sin dictamen de la Comisión de Labor Parlamentaria.
2. Expte. Nº 91-52.600/25. Proyecto de Declaración: Preocupación por la decisión del Gobierno Nacional de aumentar los derechos de importación siendo que la medida afecta al sector agropecuario, la producción, el empleo y las economías regionales.
Autoría: Dip. Esteban Amat Lacroix, Enzo Alabi, Luis Albeza, Gerónimo Arjona, Moisés Balderrama, Federico Cañizares, Laura Cartuccia, Carolina Ceaglio, Enzo Chauque, Edgar Domínguez, Juan José Esteban, Pablo Gómez, Patricia Hucena, Carlos Jorge, Víctor Lamberto, Marcela Leguina, Fabio López, María del Socorro López, Luis Mendaña, Sergio Oliva, Marcelo Paz, Norberto Paz, Patricio Peñalba, Juan Carlos Roque Posse, Nicolás Taibo, Ernesto Tapia, Adrián Valenzuela, Raúl Vargas, y Ricardo Vargas. (Cupo B. J. Gustavo Sáenz Conducción).
Sin dictámenes de las Comisiones de Producción; y de Hacienda y Presupuesto.
3. Expte. Nº 91-52.591/25. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del organismo correspondiente, declare de interés turístico el Puente del Diablo, formación geológica singular ubicada en el municipio La Poma, departamento La Poma.
Autoría: Dip. Ernesto Tapia. (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).
Sin dictámenes de las Comisiones de Turismo; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; y de Hacienda y Presupuesto.
4. Expte. Nº 91-50.727/24. Proyecto de Ley: Propone establecer que en todos los establecimientos que prestan servicios de alojamiento turístico deberán contar con detectores de monóxido de carbono, con el propósito de preservar la vida de los ciudadanos, la seguridad de huéspedes y personal.
Autoría: Dip. Juan Carlos Roque Posse. (B. Salta Tiene Futuro).
Breve fundamentación: El objetivo de este proyecto de Ley es proteger la vida de los ciudadanos mediante la instalación de detectores de monóxido de carbono en establecimientos de alojamiento turístico, como hoteles y albergues. Existe un proyecto de Ley Nacional similar (S-0296/2023), lo que refuerza la importancia de esta medida. Actualmente, se registran aproximadamente 200 muertes anuales en el país debido a intoxicaciones por monóxido de carbono, una cifra alarmante que puede reducirse con el uso de tecnología disponible. La instalación de estos detectores es crucial para evitar que cualquier tipo de alojamiento turístico se convierta en escenario de tragedias evitables. La incorporación de detectores en ubicaciones estratégicas, acompañados de información clara para los huéspedes, es una medida vital para prevenir más muertes.
Sin dictámenes de las Comisiones de Turismo; de Salud; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
5. Expte. Nº 91-52.302/25. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial y los Legisladores Nacionales por Salta realicen las gestiones necesarias ante la Secretaría de Salud de la Nación, a efectos de que se garantice en la Provincia el normal funcionamiento del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable (Ley Nacional 25.673 sobre la prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual y de VIH/sida).
Autoría: Dip. Gladys Paredes. (B. Más Salta).
Con dictamen de la Comisión de Salud; y sin dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto.
6. Expte. Nº 91-52.457/25. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Instituto Provincial de Vivienda arbitre los medios necesarios a fin de establecer, para cada programa habitacional, un cupo del diez por ciento (10%) de unidades habitacionales para personas solteras sin hijos que reúnan los requisitos previstos en la normativa vigente.
Autoría: Dips. Omar Exeni, Matías Monteagudo y Santiago Vargas. (Cupo B. Salta Federal).
Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; y de Hacienda y Presupuesto.
7. Expte. Nº 91-52.139/25. Proyecto de Ley: Modificar los artículos 38 y 40 de la Ley 7103.
Autoría: Dip. José Gauffín y Sofía Sierra. (Cupo B. Independencia).
Breve fundamentación: La reforma de la Constitución Provincial, que entró en vigencia a partir del 21 de diciembre de 2021, introdujo una importante modificación en el artículo 169, Punto III, párrafo 7, referido a la Auditoría General de la Provincia. Dicha reforma fue presentada como un salto de calidad para las instituciones de la democracia, otorgándole, en el caso de aquel organismo de control, nuevas y mejores condiciones para ejercer esa función. Por tal motivo, a través del presente proyecto de Ley, se propone introducir las modificaciones correspondientes a la mencionada Ley 7103, siguiendo la misma línea que impulsó aquella reforma y reforzando el espíritu de la misma. En ese sentido se introduce como mecanismo de selección de los integrantes del Colegio de Auditores, el mismo utilizado para los Jueces de Primera Instancia, en el entendimiento que ambos cargos poseen similares características en el ejercicio de sus funciones, asegurando de esa forma la “idoneidad” y la “independencia”, condiciones esenciales para quienes tendrán la responsabilidad del control de la gestión y las cuentas públicas.
Sin dictámenes de las Comisiones de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.